Método Arcón

Reconocido Avance para la Humanidad

Lunes 6 de Setiembre de 2010

.: Normativa oficial internacional Método Arcón

NORMATIVA OFICIAL


NORMATIVA OFICIAL INTERNACIONAL MÉTODO ARCÓN PARA EQUIPOS CANINOS DE RESCATE. EL C.I.F.H.M.A.


- Normativa oficial internacional Método Arcón para Equipos Caninos de Rescate


- Reglamento internacional vigente de certificación - homologación para Instructores, Guías y Perros de Rescate Método Arcón.


- El CIFHMA, Centro Internacional de Formación y Homologación Método Arcón


- Propiedad Intelectual del Método Arcón, sistema de formación e intervención para Equipos Caninos de Búsqueda


Introducción - Normativa oficial internacional Método Arcón para Equipos Caninos de Rescate



Actualmente la Normativa oficial internacional Método Arcón para Equipos Caninos de Rescate, regula y controla legalmente a través de uno de sus componentes básicos, el Reglamento oficial internacional de certificación-homologación Método Arcón, todas las condiciones y requisitos relativos a los procesos formativos y evaluatorios asociados a la expedición de los 8 documentos acreditativos, únicos actualmente legitimados ( de forma temporal o definitiva ) en el sistema de formación e intervención Arcón, relativos a la certificación y posterior revalidación, homologación de Guías, Perros de Rescate e Instructores de Rescate Canino en Catástrofes Método Arcón. Los programas formativos y/o evaluatorios existentes en la metodología Arcón, oficiales y reglamentados son el Curso de Formación, Método Arcón, de Rescate Canino en Catástrofes ( Nivel I y II ) ( 25 jornadas ), las Jornadas de Supervisión Técnico-operativa, Homologación y Perfeccionamiento, Método Arcón, para Equipos Caninos de Rescate ( 5 jornadas ) y las Jornadas Técnicas de Evaluación Complementaria y Perfeccionamiento para Homologación de Certificaciones de Instructores Método Arcón ( 5 jornadas ).


Con el firme necesario, prioritario y permanente objetivo de potenciar al máximo nivel posible los resultados en las intervenciones de siniestros reales, se constituyó oficialmente el viernes día 18 de septiembre de 2009, el C.T.R.I.M.A., Consejo Técnico Rector Internacional Método Arcón, en el Cuartel Central Mayor Galo E. Miño Jarrín, del Grupo de Intervención y Rescate de la Policía Nacional del Ecuador, en Quito, Ecuador, integrado mayormente por un selecto equipo de especialistas en perros de búsqueda y detección, procedentes de Cuerpos de Bomberos, Policiales y Militares, de Ecuador, Colombia, Chile, Venezuela y España.


Con objeto de garantizar un mayor nivel de exigencia y calidad necesaria en las acciones formativas y consecuentemente favorecer y garantizar en todo lo posible el desarrollo y resultados en las operaciones de búsqueda y salvamento, el C.T.R.I.M.A. debatió y decidió la aprobación de una serie de modificaciones en la Normativa oficial internacional método Arcón para equipos caninos de rescate, como ha sido el positivo y urgentemente necesario establecimiento de un proceso oficial de revalidación, homologación ( temporal o definitiva ) de las certificaciones existentes, así como otras modificaciones importantes.


Una de las normas complementarias aprobadas unánimemente por el C.T.R.I.M.A. respecto a la Normativa oficial internacional método Arcón para equipos caninos de rescate, ha sido que desde la citada fecha, resultase preceptivo con carácter retroactivo, para mantener la validez legal de las certificaciones de acreditación para Instructores del método Arcón (ya expedidas con anterioridad a la referida fecha o pendientes de expedirse en el futuro), haber resultado APTO/A, en las que se denominan oficialmente Jornadas Técnicas de Evaluación Complementaria para Homologación de Certificaciones de Instructores Método Arcón.


Consecuentemente la totalidad de certificaciones expedidas hasta el día 18 de septiembre de 2009, quedan legalmente con carácter provisional totalmente inhabilitadas, hasta que sean superadas en los casos que así resultase las pertinentes pruebas evaluatorias complementarias estipuladas para la homologación de las certificaciones de Instructores del método ARCON.



Reglamento Internacional Vigente de Certificación – Homologación oficial para Instructores, Guías y Perros de Rescate Método Arcón.



- Serán exigidos como requisitos imprescindibles, para poder acceder a las pertinentes pruebas de evaluación, para la homologación de Guías, Perros de Rescate o Instructores método Arcón, así como para poder participar en cursos oficiales de formación método Arcón, acreditar oficialmente ser miembro activo exclusivamente de Cuerpos de Bomberos, Policiales, Militares o Protección Civil de cualquier país del mundo. En los casos de no pertenencia a Cuerpos oficiales, ha de acreditarse una antigüedad mínima de dos años.

- La participación en cualquier acción formativa de certificación u homologación se efectuará con carácter preceptivo, oficialmente uniformado, según el cuerpo u organización oficial al que se pertenezca : policíal, ejército, bomberos, protección civil, defensa civil .

- El Reglamento oficial internacional de Certificación-Homologación Método Arcón regula todas las condiciones y requisitos relativos a los procesos formativos y evaluatorios asociados a la expedición de los 8 documentos acreditativos, actualmente legitimados ( de forma temporal o definitiva ) en el sistema de formación e intervención Arcón :


1º Certificación de Guía de Rescate Canino Método Arcón


2º Homologación de Certificación de Guía de Rescate Canino en Catástrofes Método Arcón ( revalida anualmente, con carácter obligatorio, la certificación anterior )


3º Certificación de Instructor de Rescate Canino en Catástrofes Método Arcón


4º Homologación de Certificación de Instructor de Rescate Canino Método Arcón ( revalida con carácter obligatorio y definitivo la certificación anterior ).


5º Certificación de Perro de Rescate (Nivel I) Método Arcón


6º Homologación de Certificación de Perro de Rescate ( Nivel I ) Método Arcón ( revalida anualmente, con carácter obligatorio, la certificación anterior )


7º Certificación de Perro de Rescate (Nivel II) Método Arcón


8º Homologación de Perro de Rescate ( Nivel II ) Método Arcón . ( revalida anualmente, con carácter obligatorio, la certificación anterior )


- Para los cuatro tipos de certificaciones ( 1º, 3º, 5º y 7º ), previa presentación de acreditaciones oficiales concernientes a requisitos exigidos según el caso, ha de realizarse el Curso de Formación, Método Arcón, de Rescate Canino en Catástrofes (oficializado gubernamentalmente y reglamentado por la Normativa oficial Método Arcón) y superar las correspondientes pruebas evaluatorias según la formación y certificación oficial que se pretenda obtener.


- Los Guías, Perros de Rescate e Instructores homologados serán pertinentemente inscritos en el Libro de Registro Oficial establecido para tal efecto en el CIFHMA y estarán oficialmente acreditados también con carnets expedidos a tal efecto.



A) Curso de Formación Método Arcón de Rescate Canino en Catástrofes


B ) Certificación Guías y Perros de Rescate ( Nivel I o II )


C ) Certificación de Instructores


D ) Homologación Guías y Perros de Rescate ( Nivel I o II )


E ) Homologación Instructores




A ) Curso de Formación Método Arcón de Rescate Canino en Catástrofes


El curso de formación método Arcón solo puede ser impartido legalmente por instructores homologados método Arcón.

Además ha de ser oficial a nivel gubernamental, atenerse al respectivo programa oficial reglamentado y Normativa oficial internacional Método Arcón para Equipos Caninos de Rescate, comprendiendo un total de 25 jornadas teórico-prácticas, 250 horas lectivas en total.


La respectiva reglamentación estará permanentemente supeditada y actualizada en base a la Normativa oficial vigente Método Arcón.


Serán exigidos como requisitos imprescindibles, para poder acceder a las pertinentes pruebas de evaluación, para la homologación de Guías, Perros de Rescate o Instructores método Arcón, así como para poder participar en cursos oficiales de formación método Arcón, acreditar oficialmente ser miembro activo exclusivamente de Cuerpos de Bomberos, Policiales, Militares o Protección Civil de cualquier país del mundo. En los casos de no pertenencia a Cuerpos oficiales, ha de acreditarse una antigüedad mínima de dos años.



Siendo preceptivo participar con perro, salvo excepciones justificadas y oficialmente autorizadas por la Dirección Técnica del Curso .


Informar que una correcta y plenamente fructuosa aplicación del Método Arcón, constituye una tarea especialmente ardua y compleja, que exige disponer de un alto nivel de conocimientos, aptitud específica, experiencia técnico-operativa así como en el área docente, específica.


B ) Certificación Guías y Perros de Rescate ( Nivel I o II )

La persona y/o perro, que resulte formado y supere el Curso de Formación, Método Arcón, de Rescate Canino en Catástrofes, Niveles I y II, obtendrá la respectiva certificación, según los casos.

En lo que respecta especificamente a los perros, puntualizar que aquellos que sean formados demostrando el nivel de operatividad exigido, obtendrán la certificación oficial como Perro de Rescate ( Nivel I o II ) pero la citada certificación no tendrá aún el sólido carácter y aval de homologada, hasta que superasen la realización de las preceptivas pruebas de homologación en el CIFHMA o en puntos más próximos, en lo que oficialmente se denominan Jornadas de Supervisión Técnico-Operativa, Homologación y Perfeccionamiento, Método Arcón, de Rescate Canino en Catástrofes ( destinadas a Guías y Perros de Rescate ( nivel I o II ), Método Arcón, oficialmente certificados ( 5 dias consecutivos de duración, comprendiendo un total de 50 horas ) y que son efectuadas por un Comité Evaluador del CTRIMA .

Los perros certificados tras ser formados y evaluados en un curso oficial método Arcón, NO podrán participar y ser reevaluados en unas Jornadas de Supervisión Técnico-Operativa, Homologación y Perfeccionamiento, Método Arcón, de Rescate Canino en Catástrofes, para su posible homologación o desestimación operativa oficial, antes de 6 meses transcurridos a partir de la fecha en la que se llevó a efecto la certificación por el curso .

La citada norma, se aprueba y establece, por el CTRIMA, tras la exposición del análisis de datos registrados, observacionales y rigurosamente evaluatorios, por el conjunto seleccionado de expertos integrantes del CTRIMA, durante los últimos 15 años, en diferentes Unidades Caninas de Rescate de diversas Instituciones y países, donde ingresaron perros altamente operativos, tras la realización de cursos oficiales del método Arcón, pero que tras diversos espacios de tiempo un cierto porcentaje de los mismos demostraban mantener el citado nivel operativo, mientras que otros dejaban patente un deficiente, insuficiente, grado de operatividad, que consecuentemente convierten a la Unidad en un grupo con el potencial riesgo de incurrir en la circunstancia de homicidio por negligencia ante posibles intervenciones en siniestros y que inevitablemente su existencia y actuaciones no favorecerá el salvamento sino el fallecimiento de los posibles supervivientes sepultados .

En base a esta realidad, ya constatada, se aconseja a los diversos responsables políticos y de servicios de emergencia, en beneficio de la seguridad pública, controlar y verificar rigurosamente, si los respectivos Jefes de Unidades Caninas de Rescate, poseen realmente el suficiente grado de conocimientos técnicos pero además el necesario nivel de aptitud específica, que les permita, afrontar adecuadamente la contínua, compleja e imprescindible formación teórico-práctica de los Guías de la Unidad así como la de sus respectivos ejemplares caninos y por otro lado dirigir técnicamente de forma adecuada las operaciones de intervención de los equipos caninos de rescate de la U.C.R. a su cargo, diseñando las más idóneas estrategias de búsqueda adaptadas , según circunstancias y analizando los diversos matices conductuales del conjunto de ejemplares intervinientes frente a la alta complejidad de siniestros y situaciones .


C ) Certificación de Instructores


Existen dos vías posibles admitidas definidas en los siguientes apartados I ) y II ) :


I) Cumplir el conjunto de los dos requisitos siguientes:


A) Acreditar oficialmente, un periodo mínimo de dos años de experiencia como Instructor/a de Rescate Canino (debiendo acreditar la identidad de un mínimo de tres Guías con sus respectivos Perros, formados hasta la condición de operativos, por el aspirante, en la especialidad citada).


B) Resultar APTO/A, en dos cursos, Método Arcón, de Rescate Canino en Catástrofes (NIVEL I y II) e impartido por cualquier Instructor del Método Arcón, que haya formado y certificado oficialmente un mínimo de 20 Guías y respectivos Perros de Rescate en Catástrofes (NIVEL II ) Método Arcón.


II) Cumplir el conjunto de los dos requisitos siguientes:


A) Acreditar oficialmente, un periodo mínimo de 5 años de experiencia como Instructor/a de alguna especialidad de detección canina (Explosivos, narcóticos...) diferente a la de Rescate Canino (debiendo acreditar la identidad de un mínimo de tres Guías con sus respectivos Perros, formados hasta la condición de operativos, por el aspirante, en alguna de las especialidades citadas).

B) Resultar APTO/A, en dos Cursos, Método Arcón, de Rescate Canino en Catástrofes (NIVEL I y II) e impartido por cualquier Instructor del Método Arcón, que haya formado y certificado oficialmente un mínimo de 20 Guías y Perros de Rescate en Catástrofes (NIVEL I y II, Método Arcón).


El denominado Responsable de Organización, en cada curso de Rescate Canino en Catástrofes (Método Arcón), es la persona oficialmente depositaria, supervisora y responsable a todos los efectos, sobre el conjunto de documentos acreditativos, que los participantes han de entregar, en base a los requisitos exigidos según los casos.


Las pruebas para certificación y posterior homologación de certificaciones, relativas a Instructores, se ha de realizar preceptivamente en el CIFHMA.



D ) Homologación Guías y Perros de Rescate ( Nivel I o II )



INTRODUCCIÓN RELATIVA A LA EXTREMADA IMPORTANCIA SOCIAL QUE CONSTITUYE LA MEDIDA DE QUE LOS EQUIPOS CANINOS DE RESCATE E INSTRUCTORES SE ENCUENTREN REGULADOS POR UN EXIGENTE REGLAMENTO OFICIAL DE CERTIFICACIÓN Y POSTERIOR REVALIDACIÓN, HOMOLOGACIÓN.



¿Qué sucede cuando los derrumbamientos con posibles personas sepultadas, son inspeccionados por equipos caninos de rescate indebidamente utilizados y considerados “aptos” para la intervención?


Obviamente, que en aquellos casos donde existan personas, aún con vida sepultadas, no serán señalizadas por dichos perros, cuyo insuficiente nivel de concentración, motivación u otro tipo de deficiencias, impedirán que capte y señalice los inherentes focos de flujo odorífero. Seguidamente el edificio siniestrado en cuestión, será desestimado y consecuentemente la persona/s atrapada, no visible ni audible, pasará a engrosar el número de víctimas mortales, ya sea por causas clínicas (traumatismos, deshidratación...) o finalmente presa de la indiscriminada y violenta remoción de escombros con la maquinaria pesada.


¿Qué debería exigirse exactamente a un equipo canino de rescate, para considerarlo oficialmente operativo y que consecuentemente intervenga en siniestros con unas ciertas garantías?


En base a criterios técnico-operativos forjados de la experiencia que he acumulado tras numerosos años de rigurosa investigación científica de campo, dirigiendo intervenciones de búsqueda y rescate (en exterior o espacios confinados), y la formación oficial especializada de múltiples equipos caninos de rescate, he concluido y constatado reiteradamente la importancia tan determinante que supone el perro durante la operación de búsqueda en derrumbamientos presente de forma continua, una intensa línea de atención, concentración dirigida a la posible captación de moléculas olorosas humanas en el aire, que puedan permitirle conducirse con rapidez y precisión, hacia el foco de emanación odorífera de la persona sepultada, pues de no ser así (ejemplar afectado por distracciones ante cualquier estímulo desviatorio, como puede ser el propio Guía por ejemplo, deficiente motivación...), los respectivos dispositivos de recepción-elaboración olfativos no reaccionarán adecuadamente ante el flujo odorífero humano, aunque estén presente niveles fisiológicamente perceptibles para el olfato del ejemplar y consecuentemente en caso de existir una o más personas con vida sepultadas, no serían captadas ni señalizadas Por otra parte el perro ha de experimentar un impulso motivacional respecto al desarrollo de las búsquedas especialmente sólido, manteniendo al máximo de sus posibilidades psico-físicas, los necesarios niveles de intensidad, perseverancia y concentración.


En relación al conjunto de factores incidentes y específicamente interferentes sobre el imprescindible nivel de concentración del perro de rescate durante las operaciones de búsqueda, indicar que resulta demostradamente necesaria y consecuentemente preceptiva la castración de los perros machos oficialmente destinados a la detección de personas, explosivos, narcóticos…, informando que se trata de una justificada y constatada medida preventiva rigurosamente adoptada desde hace numerosos años, casi genericamente por las Brigadas Caninas de Cuerpos oficiales.


Las feromonas son sustancias químicas o mezclas de sustancias que, emitidas al exterior por un animal, producen determinados efectos en la conducta de un individuo receptor de la misma especie. Las que nos ocupan concretamente son las feromonas sexuales de las perras, cuyo componente principal es un derivado del ácido benzoico, que al ser de bajo peso molecular resulta consecuentemente muy volátil, que está presente en la orina y en las secreciones vaginales y que la perra las genera en condiciones normales durante el proestro y estro.


Si el macho no está castrado y con la suficiente antelación, la percepción sensorial de las citadas feromonas le producirá durante un periodo de tiempo variable, inevitables reacciones fisiológicas, asociadas a respuestas de visible estrés que dificultarán la efectividad del aprendizaje o de la conducta del trabajo de búsqueda, según el caso, que por ejemplos exijan un cierto nivel de atención sostenida, más o menos intensa, memorización…, presentando en todos los casos, un conjunto de pautas específicas e inequívocas que delatan estar afectado por el citado estado ( sacar repetidamente el extremo de la lengua fuera de la boca hasta contactar con la trufa, acusada conducta interferente de marcaje y una visible incapacidad asociada de concentración) y que obviamente dificultan gravemente un adecuado proceso de aprendizaje o en el caso de un ejemplar ya operativo, lo que sería un correcto desarrollo de las conductas de búsqueda, implicando un contínuo riesgo, extremadamente alto según datos observacionales registrados con la suficiente frecuencia y periodicidad, de trágicas consecuencias, al no percibir suficientemente las moléculas olorosas de por ejemplo una persona con vida sepultada o una determinada carga camuflada de explosivos, aunque los valores de las citadas emisiones odoríferas se encontrasen comprendidas en lo que se denomina umbral de estímulo ( valor de la intensidad del estímulo, en este caso odorífero, por debajo de la cual, éste no es percibido).


Respecto al citado umbral de estímulo, destacar que ha quedado demostrado de forma sólida, oficial y reiterada, desde Octubre de 1994, tanto en simulacros como en intervenciones reales, el altísimo nivel de efectividad del método Arcón, quedando ya plenamente verificada la determinante circunstancia de que el umbral de estímulo o percepción ( intensidad que requiere poseer un estímulo para ser percibido ) en lo que respecta al olor humano, de explosivos, etc., resulta considerablemente menor para los perros instruidos con el método Arcón, debido a que el conjunto de las complejas técnicas Arcón consiguen optimizar positivamente los niveles de autonomía y motivación ( intrínseca y extrínseca ) durante el desarrollo de las operaciones de búsqueda, favoreciéndose al máximo el mantenimiento de un elevado grado de concentración, la elaboración de fructuosas estrategias de búsqueda canina y un rendimiento del dispositivo olfativo visiblemente excepcional, que permite detectar y localizar con rapidez y precisión, personas sepultadas u otros elementos como narcóticos, explosivos, minas, especies animales protegidas... incluso en puntos, de extrema dificultad perceptiva, en base al nivel de profundidad y/o hermeticidad o frente a otras formas de adversidad visual, auditiva, odorífera, espacial...


-La totalidad de Guías y Perros de Rescate certificados como APTOS en un curso oficial de formación método Arcón de Rescate Canino en Catástrofes mantendrán la vigencia de las respectivas certificaciones, hasta que según los casos, se vayan convocando oficialmente, por el C.T.R.I.M.A., para la realización de las preceptivas pruebas de homologación en el CIFHMA o en puntos más próximos, en lo que oficialmente se denominan Jornadas de Supervisión Técnico-Operativa, Homologación y Perfeccionamiento, Método Arcón, de Rescate Canino en Catástrofes ( destinadas a Guías y Perros de Rescate ( nivel I o II ), Método Arcón, oficialmente certificados ( 5 dias consecutivos de duración, comprendiendo un total de 50 horas ).


- En caso de no resultar apto en el respectivo proceso evaluatorio, no se certificará como equipo canino de rescate homologado y consecuentemente constará oficialmente en Libro de Registro oficial, como equipo no apto para intervención, debiendo quedar preventivamente a la espera, y solventar las deficiencias en su nivel operativo, para el siguiente proceso evaluatorio, que oficialmente le volviese a corresponder.


- Los equipos caninos de rescate homologados deberán someterse con carácter anual al pertinente proceso de supervisión y reciclaje con el objeto de garantizar el mantenimiento de un adecuado nivel operativo en los mismos para afrontar posibles intervenciones.

- Las pruebas consistirán en el desarrollo de exigentes simulacros, definidos in situ por el Comité Evaluador, el cual deberá considerar el nivel de garantía operativa demostrada por cada equipo canino frente a las posibles operaciones de intervención que puedan competir específicamente, según los equipos a evaluar y quizás homologar.


- El valor de tiempo máximo permitido será establecido por el Comité Evaluador del C.T.R.I.M.A., en función de la infraestructura específica destinada para el desarrollo de los diversos simulacros, y del resto de factores específicos incidentes.



LÍNEAS GENERALES PRUEBAS DE HOMOLOGACIÓN


El Comité Evaluador, tendrá potestad para moldear los parámetros básicos expuestos, siempre ateniéndose estrictamente a criterios rigurosamente racionales, profesionales y operativos, según circunstancias específicas, debiendo ser detalladamente argumentados, y siempre tendiendo en la mayor medida posible a evaluar la capacidad operativa frente a potenciales siniestros reales.


1º.- Ejercicio básico de necesario control


Orden de llamada en cualquier situación (el perro ha de acudir a la orden de llamada del Guía, con rapidez y decisión a pesar de estar bajo el efecto de algún tipo de distracción.


2º.- Búsqueda exterior ( con sepultamientos en planos inferiores y/o superiores )


Búsqueda y localización consecutiva de uno o más figurantes sepultados en diferentes puntos ya sea en una determinada masa de escombros o demolición/es de edificación/es.


Se controlará la inexistencia de posibles rastros aislados y orientativos para el perro, inundando la zona con los mismos.
Determinados cúmulos de escombros obligarán a realizar un desplazamiento especialmente dificultoso, tras la conformación técnica y pormenorizada de los elementos sepultantes en cuanto a la ubicación, naturaleza de los mismos y a su altura.



3º.-Búsqueda en espacios confinados


La búsqueda en espacios confinados se desarrollará en zonas subterráneas cuya altura no supere 1,5 m.


El perro o su Guía no deberán presentar síntomas visibles de inhibición, estrés o inseguridad; debiendo mantener el ejemplar canino, un nivel suficiente de seguridad y concentración durante la búsqueda olfativa.
El perro deberá localizar a la persona/s sepultadas y señalizarlas adecuadamente (con nivel de visibilidad nulo).



El Guía no se aproximará hasta el punto donde señaliza el perro hasta que un miembro del Comité Evaluador lo indique.
Los tipos de calificaciones para las pruebas de homologación serán APTO o NO APTO.
Cada Guía solo podrá examinarse con un perro (formando equipo con el mismo).



- En base a las razones técnico-operativas de peso, anteriormente descritas, no se admitirán para las pruebas de homologación machos no castrados, excepto en aquellos casos excepcionales, que se acompañe un informe oficial veterinario, responsabilizándose respecto a un determinado ejemplar canino, que por cualquier motivo físico, no le afectase la percepción de feromonas sexuales en lo que respecta al imprescindible rendimiento de su potencial neurofisiológico específico ante posibles intervenciones reales.


E ) Homologación Instructores


La preceptivas solicitudes para acceder a los diversos procesos formativos y/o evaluatorios, que sean oficialmente convocados, relativos a homologación de certificaciones de Instructores Método Arcón, deben ir acompañadas de toda la documentación oficial, compulsable por el órgano pertinente, según los casos, relativa a experiencia y resultados en formación recibida y/o impartida e intervenciones en siniestros, especificamente en cualquier disciplina de perros de detección ( explosivos, narcóticos, personas...).


Las pruebas evaluatorias teóricas y de experiencia documentalmente acreditada, se realizarán en las denominadas Jornadas Técnicas de Evaluación Complementaria y Perfeccionamiento para Homologación de Certificaciones de Instructores Método Arcón ( 5 jornadas ), que se llevarán a efecto preceptivamente en las instalaciones del CIFHMA por alguno de los Comités Evaluadores del C.T.R.I.M.A. y constará de dos fases secuenciales:


a. Evaluaciones verbales y escritas, que presentaran un nivel técnico extremadamente alto, exigente y riguroso relativo fundamentalmente al área de desarrollos prácticos y profunda asimilación de la metodología ARCON.
b. Consistirá en un análisis evaluatorio objetivo y verificable de toda la labor desarrollada relativa al desarrollo y resultados de instrucción y participación en intervenciones reales con perros de búsqueda (acreditadas formalmente mediante la pertinente documentación oficial).


El hecho probado de haber infringido anteriormente la normativa oficial internacional del método Arcón o haber vulnerado cualquiera de los principios generales considerados inherentes a la ética profesional, podrá implicar oficialmente, por parte del órgano competente, el CTRIMA, la denegación de admisión a cualquiera de las citadas pruebas de homologación y/o la inhabilitación oficial con carácter definitivo e irrevocable de cualquier tipo de certificación relativa al método Arcón, debiendo constar pertinentemente en el Libro de Actas oficial del CIFHMA.


El proceso de evaluación, certificación u homologación oficial de instructores del Método Arcón solo podrá llevarse a efecto en el Centro Internacional de Formación y Homologación del Método Arcón.


Especificamente para la obtención de certificaciones de Instructores homologados método Arcón será exigido como requisito imprescindible, haber superado con resultado de apto, un mínimo de dos cursos oficiales de formación método Arcón de rescate canino en catástrofes ( 250 horas lectivas cada uno ) que implica poseer un mínimo total de 500 horas oficiales de formación demostradamente asimiladas mediantes los respectivos procesos evaluatorios. Las Jornadas anuales Técnicas de Evaluación para la obtención de Certificaciones oficiales homologadas de Instructores Método Arcón ( 5 jornadas ) serán realizadas preceptivamente en el CIFHMA.


La certificación de Instructor homologado método Arcón, tendrá carácter provisional, debiéndose superar, ( en un plazo máximo de 30 meses a partir de la fecha de aprobación de los ejercicios relativo a las Jornadas Técnicas de Evaluación Complementaria y Perfeccionamiento para Homologación de Certificaciones de Instructores Método Arcón ) una prueba evaluatoria práctica, que consistirá en presentar un mínimo de tres Equipos Caninos de Rescate ( nivel II ) formados de forma individual y completa por cada Instructor, ante el pertinente Comité Evaluador del C.T.R.I.M.A.

Aunque previamente como requisito para las respectiva obtención de certificación como Instructor se debió acreditar documentalmente la formación de tres equipos caninos de búsqueda operativos, resultará preceptiva la citada demostración práctica ante el Comité Evaluador del C.T.R.I.M.A. para poder revalidar con carácter definitivo ( según resultados o ausencia respecto al proceso práctico evaluatorio ) la certificación homologada como Instructor Método Arcón, o se procederá a la consecuente deshabilitación provisional de la misma ( hasta el cumplimiento del citado requisito práctico y demostrativo ).


No se permitirá coincidencia en cuanto a pertenecía institucional entre cualquier miembro del Comité Evaluador y los instructores homologados método Arcón aspirantes a revalidar sus certificaciones. El Comité Evaluador será quien establezca los lugares y resto de especificaciones, para la ejecución de las citadas pruebas prácticas demostrativas.


Los Instructores oficialmente homologados del Método ARCON serán pertinentemente inscritos en el Libro del Registro Oficial establecido para tal efecto en el CIFHMA.


El CIFHMA, CENTRO INTERNACIONAL DE FORMACIÓN Y HOMOLOGACIÓN MÉTODO ARCÓN


A) OFICIALIDAD


B) DESCRIPCIÓN


C) RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES


D) ACTIVIDADES DOCENTES Y EVALUATORIAS


E) EMBLEMAS Y SELLOS OFICIALES MÉTODO ARCÓN


F) ESTABLECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE CIFHMAs EN EL MUNDO




A ) OFICIALIDAD


Gustavo Jalkh Röben, Ministro de Gobierno, Policía y Cultos del Gobierno de la República del Ecuador, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República, aprobó mediante Acuerdo Ministerial nº 1083 de 26 de marzo de 2010 la oficialización del Centro Internacional de Formación y Homologación Método Arcón (CIFHMA) en los cuarteles del Grupo de Intervención y Rescate (G.I.R.) de la Policía Nacional del Ecuador, Quito y Guayaquil respectivamente.


Anteriormente, con fecha 22 de junio de 2009, Jaime Parejo García propuso al Comandante General de la Policía Nacional de Ecuador y al Ministro de Gobierno, autorizando y apoyando documentalmente, que mediante la correspondiente aprobación del pertinente Acuerdo Ministerial del Ministerio de Gobierno del Ecuador se confiera la condición institucional de Centro Internacional de Formación y Homologación Método Arcón (C.I.F.H.M.A.) al Grupo de Intervención Y Rescate (G.I.R.) de la Policía Nacional del Ecuador y respectivos cuarteles en Quito y Guayaquil,


La normativa de regulación y control oficial relativa a la formación, certificación y homologación de Instructores, Guías y Perros de Rescate (Nivel I y II) por la cual se ha de regir, con carácter permanente un C.I.F.H.M.A. es la Normativa oficial del Método Arcón, la cual se encuentra regulada por un solo órgano, técnico e internacional, denominado Consejo Técnico Rector Internacional Método Arcón (C.T.R.I.M.A.)


El Método Arcón está reconocido como el sistema oficial gubernamental para la formación e intervención de equipos caninos de rescate en catástrofes, según Acuerdo del Ministerio de Gobierno de la República del Ecuador nº 009, de fecha veintisiete de enero de dos mil cuatro.



B) DESCRIPCIÓN


El C.I.F.H.M.A. es el Organismo oficial administrativo, físico y técnico, de carácter Internacional y permanente, que con plena facultad legal y gubernamental, regula y controla oficialmente la formación, certificación y homologación de Instructores, Guías y Perros de Rescate (Nivel I y II), bajo la Metodología Arcón, sistema de formación e intervención para perros de búsqueda de alta efectividad demostrada cuya optimización ha quedado constatada en numerosas intervenciones (Habiendo sido reconocido oficializado o galardonado por numerosos organismos oficiales como ha sido el caso de diversos gobiernos, instituciones científicas, Naciones Unidas …).


El CIFHMA constituye una sólida y efectiva respuesta para la consecución del importante y necesario objetivo internacional de potenciar al máximo la eficacia en las operaciones de búsqueda, localización y consecuente salvamento de personas con vida sepultadas, en cualquier lugar del mundo que se produzcan desastres naturales o provocados por el hombre implicando el sepultamiento de seres humanos.


Además el CIFHMA constituye la sede central que activará y coordinará, oficialmente, mediante los cauces legales y gubernamentales establecidos, la intervención en siniestros internacionales, de las Unidades Caninas de Rescate Método Arcón establecidas en los diversos países, que previamente se hayan adherido al citado sistema oficialmente centralizado, de activación, coordinación e intervención conjunta, cuando las circunstancias específicas de los siniestros así lo requiriesen.


C) RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES



El C.I.F.H.M.A. dispone de


- Una infraestructura especialmente moderna, segura y completa a nivel técnico y logístico, integrada fundamentalmente en el Cuartel Central del GIR ( comedor, dormitorios, aulas, perreras, clínica veterinaria, servicio médico, servicio jurídico, recintos acotados adecuadamente adaptados para ejercicios formativos prácticos como son los relativos a arquetas y escombreras, torre para prácticas en altura, recinto de espacio confinado, salón auditorio, sala de computadoras, gimnasio…).


- Un Director y un Subdirector del CIFHMA


- El C.T.R.I.M.A. Consejo Técnico Rector Internacional Método Arcón, es oficialmente el órgano superior de gobierno y control, a nivel internacional, facultado legalmente para decidir, regular, controlar y supervisar la Normativa oficial del Método Arcón y pertinente ejecución de la misma, procesos de certificación evaluatorios y homologadores oficiales, mediante sus respectivos Comités Evaluadores, CIFHMAS, etc. Constituido oficialmente el viernes día 18 de septiembre del 2009 en el Cuartel Central Mayor Galo E. Miño Jarrín, del Grupo de Intervención y Rescate de la Policía Nacional del Ecuador, en Quito, Ecuador, mediante la autorización del autor legal ( Registro General de la Propiedad Intelectual ) del método de formación e intervención Arcón, D. Jaime Parejo García .
En la actualidad está integrado mayormente por un selecto equipo de especialistas en perros de búsqueda y detección, pertenecientes a Cuerpos oficiales de Bomberos, Policías y Ejército de Ecuador, Colombia, Chile, Venezuela y España .







D) ACTIVIDADES DOCENTES Y EVALUATORIAS


El C.I.F.H.M.A. asumirá, anualmente, en las instalaciones de su sede oficial ( Cuarteles del GIR en Quito y/o Guayaquil ) la ejecución, en principio, de :


- Dos cursos anuales de formación, Método Arcón de Rescate Canino en Catástrofes, niveles I y II ( cada uno de 250 horas distribuidas en 20 o 25 jornadas ).


- Jornadas de Supervisión Técnico-Operativa, Homologación y Perfeccionamiento, Método Arcón, de Rescate Canino en Catástrofes ( destinadas a perfeccionamiento y homologación de Guías y Perros de Rescate ( nivel I o II ) Método Arcón oficialmente certificados. ( 50 horas distribuidas en 5 jornadas ).


- Jornadas Técnicas de Evaluación Complementaria para Homologación de Certificaciones de Instructores Método Arcón ( 50 horas distribuidas en 5 jornadas ).





E) EMBLEMAS Y SELLOS OFICIALES



Emblema oficial del método Arcón


El emblema oficial del método Arcón es en forma y color, con carácter permanente, único y universal, aquel que aparece en ángulo izquierdo del cabezal de portada relativo al presente sitio oficial del método Arcón: http://www.rescatecanino.com http://www.rescatecanino.org l
Sello oficial del método Arcón
Idéntica forma que el emblema oficial del método Arcón, en blanco y negro .


Sello oficial del C.I.F.H.M.A.


Sello oficial del C.T.R.I.M.A.



F) ESTABLECIMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE CIFHMAs EN EL MUNDO


Para el establecimiento de un nuevo CIFHMA, resultará imprescindible, el preceptivo análisis y aprobación por el CTRIMA y el autor de la metodología Arcón, previa argumentación logística y técnico-operativa de la Institución proponente, debiendo existir además, obviamente, como requisito previo, la aprobación gubernamental ( municipal, regional o nacional ) por el Organismo competente, del método Arcón, como el sistema oficial de formación e intervención para equipos caninos de salvamento.


PROPIEDAD INTELECTUAL


De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Trás obtener calificación jurídica favorable, se aprueba con nº 1998/41/12727 del 5 de mayo de 1998 , Ministerio de Educación y Cultura de España, que el método Arcón queda legalmente inscrito, registrado y protegido, como obra científica, cuyo autor es D. Jaime Parejo García, en el Registro General de la Propiedad Intelectual con nº 23474.


Nota Jurídica


Los órganos jurídicos vinculados al CIFHMA estarán facultados para proceder judicialmente en aquellos casos que legalmente pudiese corresponder al respecto, como puede ser por ejemplos el hecho de haberse llevado a efecto el delictivo acto de plagio, en cualquiera de sus formas posibles, parcial o total, de la metodología Arcón (legalmente inscrita y protegida por las Leyes de la Propiedad intelectual) o la impartición de curso/s mediante la aplicación del Método Arcón por una o más personas, que no se encuentren oficialmente acreditadas con la pertinente certificación de Instructor del Método Arcón oficialmente homologada como ya establece la actual Normativa oficial internacional Método Arcón para Equipos Caninos de Rescate, vigente, desde dia 18 de septiembre de 2009.


Nota Informativa


La presente Normativa oficial e internacional método Arcón para equipos caninos de rescate, solo puede ampliarse y/o modificarse ateniéndose estrictamente a futuras aprobaciones ( por un mínimo de dos tercios de los miembros integrantes del Consejo Técnico Rector del Método Arcón ) sin perjuicio alguno del marco de protección y derechos que le confiere al autor de la metodología ( o persona en quien este pudiera legalmente delegar ) respecto a la misma, las vigentes leyes de la propiedad intelectual.