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Normativa Oficial Internacional Método Arcón para Equipos Caninos de Rescate

 

- Reglamento internacional vigente de certificación - homologación para Instructores, Guías y Perros de Rescate Método Arcón.


- Consejos Técnicos Rectores Internacionales del Método Arcón ( CTRIMAs )y Centros Internacionales de Formación y Homologación Método Arcón ( CIFHMAs ).

- Propiedad Intelectual del Método Arcón, sistema de formación e intervención para Equipos Caninos de Búsqueda .

- Emblema oficial del método Arcón


Introducción - Normativa oficial internacional Método Arcón para Equipos Caninos de Rescate

Actualmente la Normativa oficial internacional Método Arcón para Equipos Caninos de Rescate, regula y controla legalmente a través de uno de sus componentes básicos, el Reglamento oficial internacional de certificación-homologación Método Arcón, todas las condiciones y requisitos relativos a los procesos formativos y evaluatorios asociados a la expedición de los 8 documentos acreditativos, únicos actualmente legitimados ( de forma temporal o definitiva ) en el sistema de formación e intervención Arcón, relativos a la certificación y posterior revalidación, homologación de Guías, Perros de Rescate e Instructores de Rescate Canino en Catástrofes Método Arcón. 

Para mantener la validez legal de las certificaciones de acreditación para Instructores del método Arcón es requisito imprescindible haber resultado APTO/A, en las que se denominan oficialmente Jornadas Técnicas de Evaluación Complementaria para Homologación de Certificaciones de Instructores Método Arcón.
Consecuentemente la totalidad de certificaciones expedidas hasta el día 18 de septiembre de 2009, quedan legalmente inhabilitadas, hasta que sean superadas en los casos que así resultase las pertinentes pruebas evaluatorias complementarias estipuladas para la homologación de las certificaciones de Instructores del método ARCON.


Reglamento Internacional Vigente de Certificación – Homologación oficial para Instructores, Guías y Perros de Rescate Método Arcón.

- Serán exigidos como requisitos imprescindibles, para poder acceder a las pertinentes pruebas de evaluación, para la homologación de Guías, Perros de Rescate o Instructores método Arcón, así como para poder participar en cursos oficiales de formación método Arcón, acreditar oficialmente ser miembro activo exclusivamente de Cuerpos de Bomberos, Policiales o Militares de cualquier país del mundo. 

- La participación en cualquier acción formativa de certificación u homologación se efectuará con carácter preceptivo, oficialmente uniformado, según el cuerpo u organización oficial al que se pertenezca : policíal, ejército, bomberos, protección civil, defensa civil .

- El Reglamento oficial internacional de Certificación-Homologación Método Arcón regula todas las condiciones y requisitos relativos a los procesos formativos y evaluatorios asociados a la expedición de los 8 documentos acreditativos, actualmente legitimados ( de forma temporal o definitiva ) en el sistema de formación e intervención Arcón :

1º Certificación de Guía de Rescate Canino Método Arcón

2º Homologación de Certificación de Guía de Rescate Canino en Catástrofes Método Arcón ( revalida anualmente, con carácter obligatorio, la certificación anterior )

3º Certificación de Instructor de Rescate Canino en Catástrofes Método Arcón

4º Homologación de Certificación de Instructor de Rescate Canino Método Arcón ( revalida con carácter obligatorio y definitivo la certificación anterior ).

5º Certificación de Perro de Rescate (Nivel I) Método Arcón

6º Homologación de Certificación de Perro de Rescate ( Nivel I ) Método Arcón ( revalida anualmente, con carácter obligatorio, la certificación anterior )

7º Certificación de Perro de Rescate (Nivel II) Método Arcón

8º Homologación de Perro de Rescate ( Nivel II ) Método Arcón . ( revalida anualmente, con carácter obligatorio, la certificación anterior )


- Para los cuatro tipos de certificaciones ( 1º, 3º, 5º y 7º ), previa presentación de acreditaciones oficiales concernientes a requisitos exigidos según el caso, ha de realizarse el Curso de Formación, Método Arcón, de Rescate Canino en Catástrofes (oficializado gubernamentalmente y reglamentado por la Normativa oficial Método Arcón) y superar las correspondientes pruebas evaluatorias según la formación y certificación oficial que se pretenda obtener.

- Los Guías, Perros de Rescate e Instructores homologados serán pertinentemente inscritos en el Libro de Registro Oficial establecido para tal efecto en un CIFHMA y estarán oficialmente acreditados también con carnets expedidos a tal efecto.

A) Curso de Formación Método Arcón de Rescate Canino en Catástrofes

B ) Certificación Guías y Perros de Rescate ( Nivel I o II )

C ) Certificación de Instructores

D ) Homologación Guías y Perros de Rescate ( Nivel I o II )

E ) Homologación Instructores

A ) Curso de Formación Método Arcón de Rescate Canino en Catástrofes
El curso de formación método Arcón solo puede ser impartido legalmente por instructores homologados método Arcón.

Además ha de ser oficial a nivel gubernamental, atenerse al respectivo programa oficial reglamentado y Normativa oficial internacional Método Arcón para Equipos Caninos de Rescate, comprendiendo un total de 25 jornadas teórico-prácticas, 250 horas lectivas en total.

La respectiva reglamentación estará permanentemente supeditada y actualizada en base a la Normativa oficial vigente Método Arcón.

Serán exigidos como requisitos imprescindibles, para poder acceder a las pertinentes pruebas de evaluación, para la homologación de Guías, Perros de Rescate o Instructores método Arcón, así como para poder participar en cursos oficiales de formación método Arcón, acreditar oficialmente ser miembro activo exclusivamente de Cuerpos de Bomberos, Policiales o Militares . Siendo preceptivo participar con perro, salvo excepciones justificadas y oficialmente autorizadas por la Dirección Técnica del Curso .

Informar que una correcta y plenamente fructuosa aplicación del Método Arcón, constituye una tarea especialmente ardua y compleja, que exige disponer de un alto nivel de conocimientos, aptitud específica, experiencia técnico-operativa así como en el área docente, específica.

B ) Certificación Guías y Perros de Rescate ( Nivel I o II )
La persona y/o perro, que resulte formado y supere el Curso de Formación, Método Arcón, de Rescate Canino en Catástrofes, Niveles I y II, obtendrá la respectiva certificación, según los casos.

En lo que respecta especificamente a los perros, puntualizar que aquellos que sean formados demostrando el nivel de operatividad exigido, obtendrán la certificación oficial como Perro de Rescate ( Nivel I o II ) pero la citada certificación no tendrá aún el sólido carácter y aval de homologada, hasta que superasen la realización de las preceptivas pruebas de homologación en un CIFHMA o en puntos donde logísticamente se establezca, y que han de ser efectuadas por un Comité Evaluador de un CTRIMA . 

Los perros certificados tras ser formados y evaluados en un curso oficial método Arcón, no podrán participar en las referidas pruebas para su posible homologación o desestimación operativa oficial, antes de 6 meses transcurridos a partir de la fecha en la que se llevó a efecto la certificación por el curso .

C ) Certificación de Instructores


Existen dos vías posibles admitidas definidas en los siguientes apartados I ) y II ) :

I) Cumplir el conjunto de los dos requisitos siguientes:

A) Acreditar oficialmente, un periodo mínimo de dos años de experiencia como Instructor/a de Rescate Canino (debiendo acreditar la identidad de un mínimo de tres Guías con sus respectivos Perros, formados hasta la condición de operativos, por el aspirante, en la especialidad citada).

B) Resultar APTO/A, en dos cursos, Método Arcón, de Rescate Canino en Catástrofes (NIVEL I y II) e impartido por cualquier Instructor del Método Arcón, que haya formado y certificado oficialmente un mínimo de 20 Guías y respectivos Perros de Rescate en Catástrofes (NIVEL II ) Método Arcón.

II) Cumplir el conjunto de los dos requisitos siguientes:

A) Acreditar oficialmente, un periodo mínimo de 5 años de experiencia como Instructor/a de alguna especialidad de detección canina (Explosivos, narcóticos...) diferente a la de Rescate Canino (debiendo acreditar la identidad de un mínimo de tres Guías con sus respectivos Perros, formados hasta la condición de operativos, por el aspirante, en alguna de las especialidades citadas).

B) Resultar APTO/A, en dos Cursos, Método Arcón, de Rescate Canino en Catástrofes (NIVEL I y II) e impartido por cualquier Instructor del Método Arcón, que haya formado y certificado oficialmente un mínimo de 20 Guías y Perros de Rescate en Catástrofes (NIVEL I y II, Método Arcón).

El denominado Responsable de Organización, en cada curso de Rescate Canino en Catástrofes (Método Arcón), es la persona oficialmente depositaria, supervisora y responsable a todos los efectos, sobre el conjunto de documentos acreditativos, que los participantes han de entregar, en base a los requisitos exigidos según los casos.

Las pruebas para certificación y posterior homologación de certificaciones, relativas a Instructores, se ha de realizar preceptivamente en un CIFHMA.


D ) Homologación Guías y Perros de Rescate ( Nivel I o II )

ANTECEDENTES RELATIVOS A LA EXTREMADA IMPORTANCIA SOCIAL QUE CONSTITUYE LA MEDIDA DE QUE LOS EQUIPOS CANINOS DE RESCATE E INSTRUCTORES SE ENCUENTREN REGULADOS POR UN EXIGENTE REGLAMENTO OFICIAL DE CERTIFICACIÓN Y POSTERIOR REVALIDACIÓN, HOMOLOGACIÓN.

El método Arcón, es un sistema de reconocido carácter científico y oficializado, para la formación e intervención de equipos caninos de búsqueda
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y tras obtener calificación jurídica favorable, se aprueba con nº 1998/41/12727 del 5 de mayo de 1998 , Ministerio de Educación y Cultura de España, que el método Arcón quede legalmente inscrito, registrado y protegido, como novedosa obra científica, cuyo autor es Jaime Parejo García, en el Registro General de la Propiedad Intelectual con nº 23474 

Se han seleccionado, a modo de interrogantes y correspondientes respuestas explicativas, un total de diez aspectos fundamentales, con especial importancia e interés profesional referentes a la citada especialidad y el método Arcón :

1.- ¿Qué sucede cuando los derrumbamientos con posibles personas sepultadas, son inspeccionados por equipos caninos de rescate indebidamente utilizados o erróneamente considerados aptos para la intervención? 

Obviamente, que en aquellos casos donde existan personas, aún con vida sepultadas, no serán señalizadas por dichos perros, cuyo insuficiente nivel de concentración, motivación u otro tipo de deficiencias, impedirán que capte y señalice los inherentes focos de flujo odorífero. Seguidamente el edificio siniestrado en cuestión, será desestimado y consecuentemente la persona/s atrapada, no visible ni audible, pasará a engrosar el número de víctimas mortales, ya sea por causas clínicas (traumatismos, deshidratación...) o afectada por la indiscriminada remoción de escombros con maquinaria pesada, por ejemplo .

Informando a este respecto, que por ejemplo el Código Penal de España castiga estos tipos de delitos encuadrables como “homicidio imprudente”, en su artículo 142. 
Además, el homicidio al ser cometido por imprudencia profesional, se castigaría en estos casos, con pena de prisión de uno a cuatro años más la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un periodo de tres a seis años .
Para poder apreciar la imprudencia y de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo será necesario que concurran las siguientes circunstancias ( todas demostradamente intervinientes en el caso descrito ): 

a) Una acción u omisión no voluntariamente intencional o maliciosa. 
b) Una actuación negligente por falta de previsión. 
c) Un factor normativo representado por la infracción del deber objetivo de cuidado. 
d) Originación de un daño (el delito de homicidio imprudente es un delito de resultado). 
e) Adecuada relación de causalidad entre el proceder descuidado o inobservante y el daño o mal sobrevenido. (S.T.S. de 22 de septiembre de 1995).



2.- ¿Qué debería exigirse exactamente a un equipo canino de rescate, para considerarlo oficialmente operativo y que consecuentemente intervenga en siniestros con unas ciertas garantías? 

En base a criterios técnico-operativos forjados de la experiencia que he acumulado tras numerosos años de rigurosa investigación científica de campo, dirigiendo intervenciones de búsqueda y localización (en exterior o espacios confinados), y la formación oficial especializada de múltiples equipos caninos de rescate, he concluido y constatado reiteradamente la importancia tan determinante que supone el hecho de que el ejemplar canino, durante la operación de búsqueda en derrumbamientos, presente de forma continua, una intensa línea de atención, concentración dirigida a la posible captación de moléculas olorosas humanas en el aire, que puedan permitirle conducirse con rapidez y precisión, hacia el foco de emanación odorífera de la persona sepultada, pues de no ser así ( perro afectado, ya sea de forma continua o esporádica, por distracciones ante cualquier estímulo desviatorio, como puede ser el propio guía por ejemplo, estímulos potencialmente inhibitorios, deficiente motivación...), los respectivos dispositivos de recepción-elaboración olfativos no reaccionarán adecuadamente ante el flujo odorífero humano, aunque estén presente niveles fisiológicamente perceptibles para el olfato del ejemplar y consecuentemente en caso de existir una o más personas con vida sepultadas, no serían captadas ni señalizadas.

Por otra parte, el perro ha de experimentar un impulso motivacional respecto al desarrollo de las búsquedas especialmente sólido, manteniendo al máximo de sus posibilidades psicofísicas, los necesarios niveles de intensidad, perseverancia y concentración. Al igual que en búsquedas exteriores, para considerar operativo un ejemplar como perro de rescate, ha de presentar también un alto nivel de concentración durante las operaciones de búsqueda en espacios confinados, asociado al suficiente estado de seguridad, carente de interferentes síntomas de inhibición o estrés (que afectarían gravemente al necesario nivel de concentración en el acto olfatorio, estratégico desplazamiento o a la pauta de señalización) aunque el espacio a batir sea de mínimas dimensiones y con un reducido o incluso nulo nivel de visibilidad.
También resulta fundamental, en pro de la seguridad pública, controlar y verificar rigurosamente, si los Jefes de Unidades Caninas de Rescate, poseen realmente el suficiente grado de conocimientos técnicos pero además el necesario nivel de aptitud específica, que les permita, afrontar adecuadamente la continua, compleja e imprescindible formación teórico-práctica de los Guías de la Unidad así como la de sus respectivos ejemplares caninos y por otro lado dirigir técnicamente de forma adecuada las operaciones de intervención de los equipos caninos de rescate de la U.C.R. 
(Unidad Canina de Rescate ) a su cargo, diseñando las más idóneas estrategias de búsqueda adaptadas , según circunstancias y analizando los diversos matices conductuales del conjunto de ejemplares intervinientes frente a la alta complejidad de siniestros y situaciones .

3.- ¿Cómo se puede lograr un perro de rescate con nivel óptimo de operatividad? 

Resulta fundamental la suma de dos factores: por una parte lógicamente disponer de un perro potencialmente apto para este trabajo (especialmente sociable, activo, seguro y con un acentuado impulso de cobro/presa), y en segundo lugar será imprescindible aplicar adecuadamente un método altamente efectivo para la formación e intervención de equipos caninos de rescate.
El Método Arcón, es un sistema especialmente eficaz, de formación e intervención para Equipos Caninos de Rescate especializados en la búsqueda y localización de personas sepultadas (por cualquier elemento o causa como puedan ser terremotos, explosiones, aludes, deslizamientos, huracanes…).

4.- ¿ Cómo está oficialmente acreditado el especial valor científico del método Arcón ? 

A continuación, se expone el vínculo a un significativo informe oficial, que sintetiza cronológicamente, algunos de los principales reconocimientos, informes, oficializaciones... que a lo largo de 12 años (desde noviembre de 1998 a diciembre de 2010 ) han otorgado, acreditado oficialmente al Método Arcón y a su creador Jaime Parejo, importantes instituciones científicas, universitarias...de ámbito nacional e internacional, en base al constatado valor como relevante avance científico que constituye el Método Arcón para la Humanidad, tanto en lo que respecta al campo de la Etología como al de la utilidad pública humanitaria. Informando además que tras obtener calificación jurídica favorable, se aprobó con nº 1998/41/12727 del 5 de mayo de 1998 , Ministerio de Educación y Cultura del Gobierno de España, que el Método Arcón quede legalmente inscrito, registrado y protegido, como obra científica, cuyo autor es D. Jaime Parejo García, en el Registro General de la Propiedad Intelectual con nº 23474.
El método Arcón ha sido creado ateniéndose constantemente a un riguroso, arduo y dilatado proceso científico : observación, planteamiento de problemas y objetivos, elaboración de hipótesis, experimentaciones de campo y contrastaciones .
La efectividad de la metodología Arcón ha sido suficientemente probada y contrastada con ejemplares caninos de distintas razas y mestizos, edad y sexo, en entornos y circunstancias muy diferentes, verificándose además la reproducibilidad y transferibilidad del sistema .
El siguiente informe se encuentra totalmente avalado con carácter oficial, mediante un conjunto ordenado y completo de vínculos a los diferentes documentos oficiales acreditativos, escaneados, correspondientes en cada caso : 
Los procesos de moldeamiento (reforzamiento de aproximaciones sucesivas a una respuesta instrumental deseada) que caracterizan a cada uno de los sistemas tradicionales de formación para detección canina en general, existentes en la actualidad, se encontraban limitados en exceso, alrededor de los imprescindibles aunque insuficientes procesos básicos o primarios del aprendizaje, como son las formas más sencillas de aprendizaje asociativo (condicionamiento clásico o pavloviano y condicionamiento instrumental u operante), habituación, evitación, extinción, generalización, discriminación..., no sucediendo así con el caso concreto y posterior del método Arcón, donde un dilatado, persistente, intenso y complejo trabajo de observación, estudio, análisis de variables y respuestas, verificación de múltiples hipótesis, experimentación de campo, constante razonamiento analítico y sintético, investigación científica en definitiva, permitieron la ardua confección de un conjunto de innovadoras técnicas conductuales que minuciosamente interrelacionadas, se complementan e inciden con gran eficacia consiguiendo respecto a todos los demás sistemas existentes, una óptima, positiva y visible potenciación del nivel motivacional, autonomía de trabajo y paralela línea de concentración, de los ejemplares caninos durante el desarrollo de las operaciones de búsqueda y localización de personas sepultadas, ya fuese en el exterior o en espacios confinados con nivel de visibilidad nulo y espacio vital reducido a los mínimos valores factibles para el desplazamiento. Y más adelante, con igual eficacia y características, respecto a búsqueda y localización de cualquier otro elemento que emita olor, como explosivos, narcóticos, especies animales protegidas…
Así por ejemplo, respecto al denominado umbral de estímulo, destacar que ha quedado demostrado de forma sólida, oficial y reiterada, desde Octubre de 1994, tanto en simulacros como en intervenciones reales, el altísimo nivel de efectividad del método Arcón, quedando ya plenamente verificada la determinante circunstancia de que el umbral de estímulo o percepción ( intensidad que requiere poseer un estímulo para ser percibido ) en lo que respecta al olor de la persona sepultada, resulta considerablemente menor para los perros instruidos con el método Arcón, debido a que el conjunto de las complejas técnicas Arcón consiguen optimizar positivamente, los niveles de autonomía y motivación durante el desarrollo de las operaciones de búsqueda, favoreciéndose al máximo el mantenimiento de un elevado grado de concentración, la elaboración de fructuosas estrategias de búsqueda canina y un rendimiento del dispositivo olfativo visiblemente excepcional, que permite detectar y localizar con rapidez y precisión, personas sepultadas incluso en puntos, de extrema dificultad perceptiva, en base al nivel de profundidad y/o hermeticidad o frente a otras formas de adversidad visual, auditiva, odorífera, espacial...

5.- ¿En qué fecha y lugar se consideró oficialmente el nacimiento del método Arcón ? 

El Método Arcón, fue creado tras 12 años de investigación por el Bombero SPEIS, Ayuntamiento de Sevilla, Jaime Parejo García, quien bautizó la metodología, con el nombre del que fue su compañero canino, Arcón, y fue concretamente en la ciudad de Sevilla, donde consideró ultimado su Sistema, estableciendo ya el nacimiento del mismo, en octubre de 1994, cuando se demuestra y verifica sólidamente, el alto nivel de efectividad del Método Arcón, incluso frente a condiciones especialmente desfavorables en espacios confinados, con el perro Arcón, representando oficialmente al SPEIS del Ayuntamiento de Sevilla, en un curso oficial sobre técnicas de rescate y salvamento en desastres, organizado por la ESPA,( Escuela de Seguridad Pública de Andalucía ), donde el ejemplar, ante la presencia de numerosos Bomberos de Granada, Almería y Sevilla, efectuó diferentes operaciones de búsqueda, bajo la presión de factores adversos de extrema intensidad y diferente naturaleza (odoríferos, espaciales, visuales, auditivos...) manteniendo igualmente, unos niveles óptimos de autonomía, motivación y concentración asociados a excelentes valores en tiempo de localización y pautas de señalización.

6.- ¿Qué diferencia fundamentalmente al método Arcón del resto de sistemas de búsqueda y detección con perros? 

Los procesos de moldeamiento (reforzamiento de aproximaciones sucesivas a una respuesta instrumental deseada) que caracterizan a cada uno de los sistemas tradicionales de formación para detección canina en general, existentes en la actualidad, se encontraban limitados en exceso, alrededor de los imprescindibles aunque insuficientes procesos básicos o primarios del aprendizaje, como son las formas más sencillas de aprendizaje asociativo (condicionamiento clásico o pavloviano y condicionamiento instrumental u operante), habituación, evitación, extinción, generalización, discriminación..., no sucediendo así con el caso concreto y posterior del método Arcón, donde un dilatado, persistente, intenso y complejo trabajo de observación, estudio, análisis de variables y respuestas, verificación de múltiples hipótesis, experimentación de campo, constante razonamiento analítico y sintético, investigación científica en definitiva, permitieron la ardua confección de un conjunto de innovadoras técnicas conductuales que minuciosamente interrelacionadas, se complementan e inciden con gran eficacia consiguiendo respecto a todos los demás sistemas existentes, una óptima, positiva y visible potenciación del nivel motivacional, autonomía de trabajo y paralela línea de concentración, de los ejemplares caninos durante el desarrollo de las operaciones de búsqueda y localización de personas sepultadas, ya fuese en el exterior o en espacios confinados con nivel de visibilidad nulo y espacio vital reducido a los mínimos valores factibles para el desplazamiento. Y más adelante, con igual eficacia y características, respecto a búsqueda y localización de cualquier otro elemento que emita olor, como explosivos, narcóticos, especies animales protegidas…
Así por ejemplo, respecto al denominado umbral de estímulo, destacar que ha quedado demostrado de forma sólida, oficial y reiterada, desde Octubre de 1994, tanto en simulacros como en intervenciones reales, el altísimo nivel de efectividad del método Arcón, quedando ya plenamente verificada la determinante circunstancia de que el umbral de estímulo o percepción ( intensidad que requiere poseer un estímulo para ser percibido ) en lo que respecta al olor de la persona sepultada, resulta considerablemente menor para los perros instruidos con el método Arcón, debido a que el conjunto de las complejas técnicas Arcón consiguen optimizar positivamente los niveles de autonomía y motivación durante el desarrollo de las operaciones de búsqueda, favoreciéndose al máximo el mantenimiento de un elevado grado de concentración, la elaboración de fructuosas estrategias de búsqueda canina y un rendimiento del dispositivo olfativo visiblemente excepcional, que permite detectar y localizar con rapidez y precisión, personas sepultadas incluso en puntos, de extrema dificultad perceptiva, en base al nivel de profundidad y/o hermeticidad o frente a otras formas de adversidad visual, auditiva, odorífera, espacial...

Se han conseguido localizar ( constando en los pertinentes informes oficiales) personas totalmente sepultadas bajo metros de tierra, basuras o escombros, tanto en operaciones de búsqueda exteriores como en el interior de adversos espacios confinados, por Equipos Caninos Método Arcón de Cuerpos de Bomberos de Chile, Cuerpo de Bomberos de El Salvador, Cuerpos de Bomberos de España, Cuerpo de Policía Nacional de Colombia…

7.- ¿ Dónde se ha centrado la expansión oficial del método Arcón ? 

Tras verificarse oficialmente que el método Arcón favorece la búsqueda y localización de personas, sobre el resto de sistemas, es progresivamente adoptado por Unidades Caninas de Rescate de Cuerpos de bomberos, policiales o militares en El Salvador, Chile, Argentina, México, Colombia, Ecuador, Venezuela, Costa Rica, España... siendo el único sistema, oficial, por diversos Gobiernos, en base al sólido programa preventivo y operativo que demostradamente constituye.

Desde 1996 a 2010, se han formado y certificado oficialmente, Guías con o sin perros, bajo la metodología de formación/intervención Arcón, en numerosas instituciones de aquellos países con especial riesgo de sufrir desastres naturales .

Estas certificaciones oficiales de operatividad y homologación relativas a Guías, Instructores, o Perros de Rescate, son expedidas siempre ateniéndose a la Normativa oficial internacional Método Arcón, tras acreditarse oficialmente los requisitos previos estipulados, superarse los reglamentarios cursos y respectivas evaluaciones pertinentes, y llevándose a efecto, oficialmente, por las Instituciones gubernamentales competentes.

8.- ¿Cual es el origen y composición de ese olor humano característico que el perro de rescate capta, identifica y utiliza como guía para conseguir localizar a la persona con vida sepultada? 

Transmitiré una serie de nociones, básicas, genéricas, relativas a la percepción canina de ese olor, que emanado por la víctima, supone un estímulo imprescindible para que el perro de rescate lleve a efecto la localización y señalización de la misma.
El olfato canino es potencialmente un extraordinario instrumento para conseguir localizar las víctimas sepultadas en un siniestro, pero hemos de tener presente que diversas causas, más o menos directas, pueden mermar o incluso anular su efectividad en las operaciones de búsqueda, como por ejemplos : inadecuado nivel de motivación o débil concentración del perro, falta de aptitud específica o formación del Guía o del Jefe de la Unidad, aplicación de una metodología de formación e intervención insuficientemente efectiva…

Los estimulantes específicos de las células olfativas son las sustancias olorosas que en forma gaseosa se introducen en la cavidad nasal durante la respiración. En esta cuestión considero importante puntualizar que aunque los simples movimientos respiratorios normales pongan en contacto a la mucosa olfativa con parte del aire inspirado, cuando el perro motivado realiza el voluntario acto de olfatear, incrementa notablemente la comunicación de las sustancias olorosas con dicha mucosa, aumentando en consecuencia su poder olfativo de forma considerable.

Para que el perro perciba un olor emitido por una sustancia es necesario que llegue a su área olfatoria un volumen adecuado de aire con una concentración suficiente de partículas olorosas, 
En el interior de las fosas nasales del perro, se encuentra una membrana recubierta de células olfativas, cuya configuración presenta un conjunto de pliegues. El número de células olfativas en dicha membrana es de 200 millones como media aproximada, mientras que en el hombre existen alrededor de 5 millones.

Estas células olfativas que están situadas en la mucosa nasal y se encargan de recoger los estímulos olorosos, son células nerviosas provistas de una prolongación periférica que termina en cilios o filamentos, los cuales llegan hasta la superficie de la mucosa nasal y se encuentran cubiertos por una delgada capa líquida segregada por las llamadas glándulas de Bowman.
En función de la formación específica que reciba el perro, memorizará una base odorífera determinada, ya sea la relativa a personas con vida o a cadáveres, habituándose a responder ante un estímulo u otro.

El ser humano vivo, expele permanentemente productos volátiles ascendentes (más livianos que el aire), además de gases procedentes de tres fuentes principalmente: dérmicas, digestivas y respiratorias.

Algunos de estos gases son: monóxido de carbono, dióxido de carbono, nitrógeno, amoníaco, metano, acetona y sulfato de hidrógeno.
El olor que emite la persona con vida es similar en principio al de la fallecida, generando en algunos casos determinadas pautas reactivas, no aprendidas aunque técnicamente identificables e interpretables como útil información operativa, por el simple efecto de generalización, como puede ser un leve rascado o incipiente emisión de ladridos atípicamente aislados, brusco descenso del rabo… en el perro que aunque ha sido formado para reaccionar ante el flujo odorífero discriminativo de la persona viva (fundamentalmente la emisión del conjunto de gases que básicamente expulsamos en los actos espiratorios ) también detecta obviamente la persona sepultada pudiendo reaccionar generalizando si la misma ha fallecido recientemente, en base a una mayor o menor similitud estimular, entre otros factores incidentes.
Conforme transcurre el tiempo y dependiendo fundamentalmente de las condiciones climáticas, el olor de persona viva se va diferenciando del de fallecida con el avance de la descomposición orgánica. 

En la epidermis de nuestra piel existen varias capas de células muertas que contienen principalmente queratina, resultando que diminutas partículas de las mismas, denominadas rafts (balsa) se están desprendiendo constantemente con una frecuencia media de 40.000 por minuto, siendo elevadas y transportadas por el aire en movimiento que las dispersa aunque se encuentran concentradas progresivamente hacia la fuente de donde emanan que es la víctima.
Estas partículas o rafts son portadoras de olor humano, encontrándose envueltas por bacterias y vapores de distintas secreciones como son el sudor y la grasa que ciertas glándulas cutáneas vierten al exterior.
El olor del aire espirado por la víctima sepultada, también llega a la superficie acompañando al emitido por los rafts que continuamente se desprenden de nuestro cuerpo y que dependiendo de su envergadura, flotarán en el aire si pesan menos que este o bien caerán al suelo en caso de ser más pesados.

El perro de rescate deberá habituarse progresivamente a realizar la búsqueda de las personas sepultadas, venteando y no rastreando, pues seguir los rastros humanos existentes en la zona del siniestro solo le llevaría a desviarse de su auténtico objetivo.

Un perro se considera que está venteando cuando sigue olfateando el olor que se encuentra flotando, transportado por el viento, y rastreando cuando se dedica a percibir el olor básico del terreno (a veces mezclado con el olor individual) con la trufa a ras de suelo.
Por otra parte debe tenerse en cuenta que el grado de intensidad con que surja de los escombros el foco de olor humano es uno de los factores que inciden en la señalización al perro, de forma que una concentración odorífera elevada lo incitará a señalizar con más ímpetu, pero si dicha concentración es débil o se presenta en breves etapas esporádicas, estimulará en menor medida dicha señalización, mediante ladridos.

9.- ¿ Deben estar castrados los perros machos destinados a la especialidad de búsqueda y localización? 

En relación al conjunto de factores incidentes y específicamente interferentes sobre el imprescindible nivel de concentración del perro de rescate durante las operaciones de búsqueda, indicar que resulta demostradamente necesaria y consecuentemente preceptiva la castración de los perros machos oficialmente destinados a la detección de personas, explosivos, narcóticos…, informando que se trata de una justificada y constatada medida preventiva rigurosamente adoptada desde hace numerosos años genericamente por las Unidades Caninas de Cuerpos oficiales.

Las feromonas son sustancias químicas o mezclas de sustancias que, emitidas al exterior por un animal, producen determinados efectos en la conducta de un individuo receptor de la misma especie. Las que nos ocupan concretamente son las feromonas sexuales de las perras, cuyo componente principal es un derivado del ácido benzoico, que al ser de bajo peso molecular resulta consecuentemente muy volátil, que está presente en la orina y en las secreciones vaginales y que la perra las genera en condiciones normales durante el proestro y estro.
Si el macho no está castrado y con la suficiente antelación, la percepción sensorial de las citadas feromonas le producirá durante un periodo de tiempo variable, inevitables reacciones fisiológicas, asociadas a respuestas de visible estrés que dificultarán la efectividad del aprendizaje o de la conducta del trabajo de búsqueda, según el caso, que por ejemplos exijan un cierto nivel de atención sostenida, más o menos intensa, memorización…, presentando en todos los casos, un conjunto de pautas específicas e inequívocas que delatan estar afectado por el citado estado ( sacar repetidamente el extremo de la lengua fuera de la boca hasta contactar con la trufa, acusada conducta interferente de marcaje y una visible incapacidad asociada de concentración) y que obviamente dificultan gravemente un adecuado proceso de aprendizaje o en el caso de un ejemplar ya operativo, lo que sería un correcto desarrollo de las conductas de búsqueda, implicando un continuo riesgo, extremadamente alto según datos observacionales registrados con la suficiente frecuencia y periodicidad, de trágicas consecuencias, al no percibir suficientemente las moléculas olorosas de una persona con vida sepultada, aunque los valores de las citadas emisiones odoríferas se encontrasen comprendidos en lo que se denomina umbral de estímulo ( valor de la intensidad del estímulo, en este caso odorífero, por debajo del cual, éste no es percibido).

Informando a este respecto, que por ejemplo el Código Penal de España castiga estos tipos de delitos encuadrables como “homicidio imprudente”, en su artículo 142. 

Además, el homicidio al ser cometido por imprudencia profesional, se castigaría en estos casos, con pena de prisión de uno a cuatro años más la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un periodo de tres a seis años .
Para poder apreciar la imprudencia y de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo será necesario que concurran las siguientes circunstancias ( todas demostradamente intervinientes en el caso descrito ): 

a) Una acción u omisión no voluntariamente intencional o maliciosa. 
b) Una actuación negligente por falta de previsión. 
c) Un factor normativo representado por la infracción del deber objetivo de cuidado. 
d) Originación de un daño (el delito de homicidio imprudente es un delito de resultado). 
e) Adecuada relación de causalidad entre el proceder descuidado o inobservante y el daño o mal sobrevenido. (S.T.S. de 22 de septiembre de 1995).


10.- ¿ Quienes son las personas legalmente autorizadas para impartir cursos con contenido y/o denominación método Arcón y para expedir cualquier tipo de certificación al respecto ?


Desde hace décadas, aquellos expertos avalados por el nivel de resultados efectivos y consecuentes reconocimientos internacionales, continuamos constatando, observando, como numerosos equipos caninos dejan patente un deficiente e insuficiente, grado de operatividad, que consecuentemente convierten a la Unidad en un grupo con el potencial riesgo de incurrir en un obvio delito de homicidio imprudente ante posibles intervenciones en siniestros y que inevitable y previsiblemente su existencia y actuaciones no favorecerá el salvamento sino por el contrario el fallecimiento de los posibles supervivientes sepultados, ya sea en derrumbamientos de edificaciones, aludes de nieve, etc.
En base a esta preocupante situación, instamos constantemente a los diversos responsables políticos y de servicios de emergencia, que asumiendo su inherente deber y responsabilidad de favorecer y proteger la seguridad pública, también frente a la ocurrencia de estos tipos de siniestros, controlen y verifiquen con la debida rigurosidad técnico-operativa , si los citados instructores o formadores poseen realmente el suficiente grado de conocimientos técnicos pero además el necesario nivel de aptitud específica, para afrontar la formación de tan compleja y difícil especialidad .
Obedeciendo estrictamente a criterios profesionales, técnicos, racionales y operativos, con objeto de garantizar suficientemente una eficaz ejecución de los cometidos inherentes a cualquier instructor o formador de Guías, Instructores y Perros de Búsqueda, Detección y Salvamento, independientemente del sistema de formación/intervención que aplique, hay que exigirle siempre, como requisito imprescindible para el posible ejercicio de cometidos como formado o instructor , un cierto periodo de experiencia con resultados positivos, oficialmente acreditada por alguna Administración que se responsabilice de ello, en la previa formación de un mínimo de tres Equipos Caninos de Búsqueda, Detección y Salvamento, con un nivel operativo demostradamente APTO .
Con objeto de garantizar un mayor nivel de exigencia y calidad necesaria en las acciones formativas y consecuentemente favorecer y garantizar en todo lo posible el desarrollo y resultados en las operaciones de búsqueda y salvamento, el C.T.R.I.M.A. debatió y decidió la aprobación de una serie de modificaciones en la Normativa oficial internacional método Arcón para equipos caninos de rescate, como ha sido el positivo y urgentemente necesario establecimiento de un proceso oficial de revalidación, homologación ( temporal o definitiva ) de las certificaciones existentes, así como otras modificaciones importantes.

Una de las normas complementarias aprobadas unánimemente por el C.T.R.I.M.A. respecto a la Normativa oficial internacional método Arcón para equipos caninos de rescate, ha sido que desde la citada fecha, resultase preceptivo con carácter retroactivo, para mantener la validez legal de las certificaciones de acreditación para Instructores del método Arcón (ya expedidas con anterioridad a la referida fecha o pendientes de expedirse en el futuro), haber resultado APTO/A, en las que se denominan oficialmente Jornadas Técnicas de Evaluación Complementaria para Homologación de Certificaciones de Instructores Método Arcón.

Consecuentemente la totalidad de certificaciones expedidas hasta el día 18 de septiembre de 2009, quedan legalmente con carácter provisional totalmente inhabilitadas, hasta que sean superadas en los casos que así resultase las pertinentes pruebas evaluatorias complementarias estipuladas para la homologación de las certificaciones de Instructores del método ARCON.

Se informa, a efectos de las posibles responsabilidades civiles, administrativas, y/o penales, ya sean directas o indirectas, que pudieran proceder o derivarse de cualquier tipo de infracción al respecto :
Que al día de la fecha, hay exactamente un total de 10 Instructores oficiales homologados método Arcón, únicas personas, que están legalmente autorizadas para impartir cursos y certificar oficialmente, utilizando el contenido y/o denominación del método Arcón ( protegido por las Leyes de la Propiedad Intelectual con el nº 23474 cuyo autor es D. Jaime Parejo García ) :

RELACIÓN DE INSTRUCTORES OFICIALES HOMOLOGADOS, LEGALMENTE AUTORIZADOS PARA IMPARTIR CURSOS CON CONTENIDO Y/O DENOMINACIÓN MÉTODO ARCÓN Y PARA EXPEDIR CUALQUIER TIPO DE CERTIFICACIÓN AL RESPECTO 

*Jaime Parejo García. Director del Consejo Técnico Rector Internacional del Método Arcón, CTRIMA-España .
Bombero del SPEIS del Ayuntamiento de Sevilla, España
Instructor homologado método Arcón .

*Javier Luque Sánchez. Subdirector del Consejo Técnico Rector Internacional del Método Arcón, CTRIMA-España
Cabo del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Ecija ( Sevilla ), España .
Instructor homologado método Arcón .

* Antonio Rodríguez Nogales, Jefe de la Unidad Canina de Rescate del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Huelva, España y Coordinador de la Unidad Canina de Rescate de BUSF, Bomberos Unidos Sin Fronteras. Portavoz Internacional del Consejo Técnico Rector Internacional del Método Arcón CTRIMA-España .
Instructor homologado Método Arcón

*Fidel Suarez Flores, Sargento del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Huelva, España, miembro de la Unidad Canina de Rescate y del Consejo Técnico Rector Internacional del Método Arcón, CTRIMA-España .
Instructor homologado Método Arcón

*Francisco Pérez Rivas, Presidente y Jefe de la Unidad Canina de Rescate del G.E.B.O.C.Y.L. ( Grupo de Especialistas Bomberos de Castilla y León ) del Gobierno de la Junta de Castilla y León . Subdirector del Consejo Técnico Rector Internacional del Método Arcón CTRIMA-Ecuador .
Instructor homologado Método Arcón

*Teniente Gonzalo Guzmán Pepinos Jefe de la Unidad Canina del Grupo de Intervención y Rescate, Quito, de la Policía Nacional de Ecuador. Director del Consejo Técnico Rector Internacional del Método Arcón CTRIMA-Ecuador .
Instructor homologado Método Arcón.

*Teniente de Infantería del Ejército Ecuatoriano José Luis Rivas Yange, Comandante de la Unidad Canina y del Segundo Escuadrón de Especialistas del Grupo Especial de Comandos GEK-9, de la Brigada de Fuerzas Especiales N.9 “Patria”. Miembro del Consejo Técnico Rector Internacional del Método Arcón CTRIMA-Ecuador .
Instructor homologado Método Arcón

*Sargento Segundo de Infantería Milton Alcides Zurita Fernández del Grupo Especial de Comandos GEK-9 de la Brigada de Fuerzas Especiales nº 9 "Patria" del Ejército Ecuatoriano, especialista en rescate canino del Escuadrón Guía de Canes. Miembro del Consejo Técnico Rector Internacional del Método Arcón CTRIMA-Ecuador .
Instructor homologado Método Arcón

* Inspector José Ignacio Noguera Quintero, del Cuerpo de Policía de Caracas, Venezuela. Miembro del Consejo Técnico Rector Internacional del Método Arcón CTRIMA-Ecuador .
Instructor homologado Método Arcón

* Sebastian Díaz Astorga, Bombero y Responsable de Formación de la Unidad Canina de Rescate del Cuerpo de Bomberos de Santiago ( XVI Compañía ) Chile . Miembro del Consejo Técnico Rector Internacional del Método Arcón CTRIMA-Ecuador .
Instructor homologado Método Arcón

-La totalidad de Guías y Perros de Rescate certificados como APTOS en un curso oficial de formación método Arcón de Rescate Canino en Catástrofes mantendrán la vigencia de las respectivas certificaciones, hasta que según los casos, se vayan convocando oficialmente, por un C.T.R.I.M.A., para la realización de las preceptivas pruebas de homologación en un CIFHMA u otro punto que por motivos logísticos así se establezca .

- En caso de no resultar apto en el respectivo proceso evaluatorio, no se certificará como equipo canino de rescate homologado y consecuentemente constará oficialmente en Libro de Registro oficial, como equipo no apto para intervención, debiendo quedar preventivamente a la espera, y solventar las deficiencias en su nivel operativo, para el siguiente proceso evaluatorio, que oficialmente le volviese a corresponder.

- Los equipos caninos de rescate homologados deberán someterse con carácter anual al pertinente proceso de supervisión y reciclaje con el objeto de garantizar el mantenimiento de un adecuado nivel operativo en los mismos para afrontar posibles intervenciones.

- Las pruebas consistirán en el desarrollo de exigentes simulacros, definidos in situ por el Comité Evaluador, el cual deberá considerar el nivel de garantía operativa demostrada por cada equipo canino frente a las posibles operaciones de intervención que puedan competir específicamente, según los equipos a evaluar y quizás homologar.

- El valor de tiempo máximo permitido será establecido por el Comité Evaluador de un C.T.R.I.M.A., en función de la infraestructura específica destinada para el desarrollo de los diversos simulacros, y del resto de factores específicos incidentes.

LÍNEAS GENERALES PRUEBAS DE HOMOLOGACIÓN

El Comité Evaluador, tendrá potestad para moldear los parámetros básicos expuestos, siempre ateniéndose estrictamente a criterios rigurosamente racionales, profesionales y operativos, según circunstancias específicas, debiendo ser detalladamente argumentados, y siempre tendiendo en la mayor medida posible a evaluar la capacidad operativa frente a potenciales siniestros reales.

1º.- Ejercicio básico de necesario control
Orden de llamada en cualquier situación (el perro ha de acudir a la orden de llamada del Guía, con rapidez y decisión a pesar de estar bajo el efecto de algún tipo de distracción.

2º.- Búsqueda exterior ( con sepultamientos en planos inferiores y/o superiores )
Búsqueda y localización consecutiva de uno o más figurantes sepultados en diferentes puntos ya sea en una determinada masa de escombros o demolición/es de edificación/es.
Se controlará la inexistencia de posibles rastros aislados y orientativos para el perro, inundando la zona con los mismos.
Determinados cúmulos de escombros obligarán a realizar un desplazamiento especialmente dificultoso, tras la conformación técnica y pormenorizada de los elementos sepultantes en cuanto a la ubicación, naturaleza de los mismos y a su altura.


3º.-Búsqueda en espacios confinados
La búsqueda en espacios confinados se desarrollará en zonas subterráneas cuya altura no supere 1,5 m.
El perro o su Guía no deberán presentar síntomas visibles de inhibición, estrés o inseguridad; debiendo mantener el ejemplar canino, un nivel suficiente de seguridad y concentración durante la búsqueda olfativa.

El perro deberá localizar a la persona/s sepultadas y señalizarlas adecuadamente (con nivel de visibilidad nulo).
El Guía no se aproximará hasta el punto donde señaliza el perro hasta que un miembro del Comité Evaluador lo indique.
Los tipos de calificaciones para las pruebas de homologación serán APTO o NO APTO.

Cada Guía solo podrá examinarse con un perro (formando equipo con el mismo).

- En base a las razones técnico-operativas de peso, anteriormente descritas, no se admitirán para las pruebas de homologación machos no castrados.

E ) Homologación Instructores

La preceptivas solicitudes para acceder a los diversos procesos formativos y/o evaluatorios, que sean oficialmente convocados, relativos a homologación de certificaciones de Instructores Método Arcón, deben ir acompañadas de toda la documentación oficial, compulsable por el órgano pertinente, según los casos, relativa a experiencia y resultados en formación recibida y/o impartida e intervenciones en siniestros, especificamente en cualquier disciplina de perros de detección ( explosivos, narcóticos, personas...).
Las pruebas evaluatorias teóricas y de experiencia documentalmente acreditada, se realizarán en las denominadas Jornadas Técnicas de Evaluación Complementaria y Perfeccionamiento para Homologación de Certificaciones de Instructores Método Arcón ( 5 jornadas ), que se llevarán a efecto preceptivamente en las instalaciones de un CIFHMA por alguno de los Comités Evaluadores de un C.T.R.I.M.A. y constará de dos fases secuenciales:

a. Evaluaciones verbales y escritas, que presentaran un nivel técnico extremadamente alto, exigente y riguroso relativo fundamentalmente al área de desarrollos prácticos y profunda asimilación de la metodología ARCON.

b. Consistirá en un análisis evaluatorio objetivo y verificable de toda la labor desarrollada relativa al desarrollo y resultados de instrucción y participación en intervenciones reales con perros de búsqueda (acreditadas formalmente mediante la pertinente documentación oficial).

El hecho probado de haber infringido anteriormente la normativa oficial internacional del método Arcón o haber vulnerado cualquiera de los principios generales considerados inherentes a la ética profesional, podrá implicar oficialmente, por parte de cualquier órgano competente, un CTRIMA, la denegación de admisión a cualquiera de las citadas pruebas de homologación y/o la inhabilitación oficial con carácter definitivo e irrevocable de cualquier tipo de certificación relativa al método Arcón, debiendo constar pertinentemente en el Libro de Actas oficial de un CIFHMA.

El proceso de evaluación, certificación u homologación oficial de instructores del Método Arcón solo podrá llevarse a efecto en el Centro Internacional de Formación y Homologación del Método Arcón.

Especificamente para la obtención de certificaciones de Instructores homologados método Arcón será exigido como requisito imprescindible, haber superado con resultado de apto, un mínimo de dos cursos oficiales de formación método Arcón de rescate canino en catástrofes ( 250 horas lectivas cada uno ) que implica poseer un mínimo total de 500 horas oficiales de formación demostradamente asimiladas mediantes los respectivos procesos evaluatorios. 

Las Jornadas anuales Técnicas de Evaluación para la obtención de Certificaciones oficiales homologadas de Instructores Método Arcón ( 5 jornadas ) serán realizadas preceptivamente en un CIFHMA.

La certificación de Instructor homologado método Arcón, tendrá carácter provisional, debiéndose superar, ( en un plazo máximo de 30 meses a partir de la fecha de aprobación de los ejercicios relativo a las Jornadas Técnicas de Evaluación Complementaria y Perfeccionamiento para Homologación de Certificaciones de Instructores Método Arcón ) una prueba evaluatoria práctica, que consistirá en presentar un mínimo de tres Equipos Caninos de Rescate ( nivel II ) formados de forma individual y completa por cada Instructor, ante el pertinente Comité Evaluador de un C.T.R.I.M.A.

Aunque previamente como requisito para las respectiva obtención de certificación como Instructor se debió acreditar documentalmente la formación de tres equipos caninos de búsqueda operativos, resultará preceptiva la citada demostración práctica ante el Comité Evaluador de un C.T.R.I.M.A. para poder revalidar con carácter definitivo ( según resultados o ausencia respecto al proceso práctico evaluatorio ) la certificación homologada como Instructor Método Arcón, o se procederá a la consecuente deshabilitación provisional de la misma ( hasta el cumplimiento del citado requisito práctico y demostrativo ).

No se permitirá coincidencia en cuanto a pertenecía institucional entre cualquier miembro del Comité Evaluador y los instructores homologados método Arcón aspirantes a revalidar sus certificaciones. El Comité Evaluador será quien establezca los lugares y resto de especificaciones, para la ejecución de las citadas pruebas prácticas demostrativas.

Cada Comité Evaluador, estará integrado por un mínimo de dos Instructores oficialmente homologados del Método Arcón y constituyentes de un CTRIMA .
 

Los Instructores oficialmente homologados del Método ARCON serán pertinentemente inscritos en el Libro del Registro Oficial establecido para tal efecto en un CIFHMA.

La normativa de regulación y control oficial relativa a la formación, certificación y homologación de Instructores, Guías y Perros de Rescate (Nivel I y II) por la cual se ha de regir, con carácter permanente un C.I.F.H.M.A. es la Normativa oficial del Método Arcón .

Consejos Técnicos Rectores Internacionales del Método Arcón

Los C.T.R.I.M.A.s, Consejos Técnicos Rectores Internacionales del Método Arcón, constituyen oficialmente los órganos superiores de gobierno y control, a nivel internacional, facultados legalmente para decidir, regular, controlar... así como para supervisar la Normativa oficial del Método Arcón y pertinente ejecución de la misma, procesos de certificación evaluatorios y homologadores oficiales..., mediante sus respectivos Comités Evaluadores, CIFHMAs, Directores, Subdirectores, totalidad de miembros constituyentes y el propio autor legal ( Registro General de la Propiedad Intelectual ) del método de formación e intervención Arcón .

Tendrán un periodo de validez, en cuanto a potestad y responsabilidad, de tres años, prorrogables, a partir de la fecha de inicio por renovación ( mediante resolución de la Dirección del CTRIMA original con respaldo mayoritario de los miembros activos ), desde el día 1 de diciembre de 2010 hasta el día 1 de diciembre del 2013 .

La creación de un nuevo CTRIMA dependerá de la decisión del creador y Director Técnico de la metodología Arcón ( o de persona en quien delegue ), siempre en base a que resulte necesario a nivel operativo y funcional, así como adecuadamente factible .

La aprobación del establecimiento de un nuevo CIFHMA dependerá, en principio de la voluntad generada en una determinada Institución ( Organismos competentes de Gobiernos, Direcciones Generales de Cuerpos de Bomberos, Policiales, Militares…) para ello, oficialización previa de la metodología Arcón por parte de la Institución en cuestión ( municipal, regional o nacional ) y seguidamente de la votación mayoritaria de cualquiera de los CTRIMAs existentes, que en caso de empate, decidiría el voto añadido del respectivo Director . Resultará legalmente preceptivo la necesaria expedición de la autorización legal, documental, del autor de la metodología Arcón en lo que respecta a lo establecido por las Leyes vigentes de la Propiedad Intelectual y por último la oficialización documental del CIFHMA mediante Resolución o Acuerdo del Organismo vinculado competente .

Especificamente la dirección y subdirección técnica de cada CIFHMA, ha de ser desempeñada por miembros de un CTRIMA, y que además, con carácter imprescindible, posean el nivel técnico de Instructor de Rescate Canino Método Arcón oficialmente homologado .

Los CTRIMAs, serán autónomos y podrán actuar, con toda la potestad y validez inherente, que le confiere definidamente la normativa vigente y actualizada del método Arcón, no existiendo en absoluto supeditación en aspecto alguno de un CTRIMA respecto a otro.

Las posibles modificaciones en la normativa del método Arcón deberán ser consensuadas por votación mayoritaria emitida por el conjunto de miembros integrantes de los CTRIMAs. que en caso de empate, decidiría el voto añadido del Director Técnico del Método Arcón .

El ámbito de potestad de cada CTRIMA, será por igual internacional, puntualizando que concretamente en sus respectivos países ( Ecuador / CTRIMA Ecuador ) y ( España / CTRIMA España ), cada CTRIMA tendrá potestad de acción con carácter centralizado y exclusivo .
Cada CTRIMA, estará integrado por un mínimo de 4 miembros y un máximo de diez . 

Los cargos mínimos y preceptivamente básicos que existirán en cada CTRIMA son : Director de CTRIMA, Subdirector de CTRIMA y Portavoz Internacional, puntualizando que el resto de posibles tipos de cargos a desempeñar, se establecerán en base a estrictos criterios funcionales y operativos, mediante potestad independiente de las direcciones ( Director y Subdirector) de cada CTRIMA . 

El autor y Director Técnico del Método Arcón ( o persona en quien delegue oficialmente ), intervendrá, en base a su inherente potestad legal, mediante la resolución/es que estime pertinentes, en situaciones puntuales cuyas circunstancias específicas así lo pudiesen requerir en base a criterios garantizados de estricta funcionalidad y operatividad .

MIEMBROS OFICIALMENTE CONSTITUYENTES DEL CONSEJO TÉCNICO RECTOR INTERNACIONAL MÉTODO ARCÓN ( C.T.R.I.M.A. ) – España :

Director del CTRIMA-España :

D. Jaime Parejo García
Autor del Método Arcón.
Bombero del SPEIS del Ayuntamiento de Sevilla
Instructor homologado Método Arcón

Subdirector del CTRIMA-España :

D. Javier Luque Sánchez
Cabo del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Ecija,
Presidente del G.E.R.C.C.M.A.
Instructor homologado Método Arcón
Portavoz Internacional del CTRIMA-España :

D. Antonio Rodríguez Nogales
Jefe de la Unidad Canina de Rescate del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Huelva, España 
Coordinador de la Unidad Canina de Rescate de BUSF
Instructor homologado Método Arcón

D. Fidel Suarez Flores
Sargento, y miembro de la Unidad Canina de Rescate del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Huelva, España
Instructor homologado Método Arcón

D. Francisco Pérez Rivas
Presidente del GEBOCYL
Director de la Unidad Canina de Rescate del G.E.B.O.C.Y.L.
Instructor homologado Método Arcón


MIEMBROS OFICIALMENTE CONSTITUYENTES DEL CONSEJO TÉCNICO RECTOR INTERNACIONAL MÉTODO ARCÓN ( C.T.R.I.M.A. ) – Ecuador : 

Director del CTRIMA-Ecuador :
Teniente D. Gonzalo Guzmán Pepinos
Jefe de la Unidad Canina del Grupo de Intervención y Rescate, Quito, de la Policía Nacional de Ecuador
Instructor homologado Método Arcón.
Subdirector del CTRIMA-Ecuador :

D. Francisco Pérez Rivas
Presidente del GEBOCYL
Director de la Unidad Canina de Rescate del G.E.B.O.C.Y.L.
Instructor homologado Método Arcón

Dª Pierina Correa Delgado
Miembro de la Coalición de Primeras Damas y Mujeres Líderes de América Latina y el Caribe
Presidenta de la Fundación Abriendo Caminos.

Teniente D. Mauricio Gallardo Bravo
Jefe de la Unidad Canina del Grupo de Intervención y Rescate, Guayaquil, de la Policía Nacional de Ecuador .
Guía Método Arcón

D. Sebastian Díaz Astorga
Bombero y miembro de la Unidad Canina de Rescate del Cuerpo de Bomberos de Santiago ( XVI Compañía ) Chile
Instructor homologado Método Arcón

Teniente de Infantería del Ejército Ecuatoriano D. José Luis Rivas Yange
Comandante de la Unidad Canina y del Segundo Escuadrón de Especialistas del Grupo Especial de Comandos GEK-9, de la Brigada de Fuerzas Especiales N.9 “Patria”.
Instructor homologado Método Arcón

Sargento Segundo de Infantería D. Milton Alcides Zurita Fernández del Grupo Especial de Comandos GEK-9 de la Brigada de Fuerzas Especiales nº 9 "Patria" del Ejército Ecuatoriano, especialista en rescate canino del Escuadrón Guía de Canes.
Instructor homologado Método Arcón

Mayor D. Hernán Villarroel Camilo
Jefe del CAC, Centro Especial de Adiestramiento Canino de Gendarmería de Chile

Sub-inspector D. José Ignacio Noguera Quintero
Cuerpo de Policía de Caracas, Venezuela
Instructor homologado Método Arcón

PROPIEDAD INTELECTUAL

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Trás obtener calificación jurídica favorable, se aprueba con nº 1998/41/12727 del 5 de mayo de 1998 , Ministerio de Educación y Cultura de España, que el método Arcón queda legalmente inscrito, registrado y protegido, como obra científica, cuyo autor es D. Jaime Parejo García, en el Registro General de la Propiedad Intelectual con nº 23474.

Emblema y sello oficial método Arcón

El emblema oficial del método Arcón es en forma y color, con carácter permanente, único y universal, aquel que aparece en ángulo izquierdo del cabezal de portada relativo al Sitio oficial del método Arcón: http://www.rescatecanino.com http://www.rescatecanino.org mientras que el sello oficial del método Arcón presenta idéntica forma pero en color blanco y negro. 
La utilización del emblema oficial del método Arcón, se autoriza legalmente con carácter estrictamente exclusivo e intransferible a :

a) Guías (método Arcón) oficialmente certificados , a portarlo en la uniformidad oficial de sus respectivas instituciones ( bomberos, policías, militares ), previa pertinente autorización de las mismas, como son los casos por ejemplos de: Policía Nacional de Colombia, Policía Nacional del Ecuador, Cuerpo Nacional de Bomberos de El Salvador, Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Sevilla…

b) Instructores (método Arcón) oficialmente homologados , a portarlo en la uniformidad oficial de sus respectivas instituciones (bomberos, policías, militares), previa pertinente autorización de las mismas. Además también podrán utilizar, cuando resultase necesario, el sello oficial del método Arcón, en textos u otros soportes, de estricto carácter oficial.

c) Asociaciones integradas por bomberos, policías y/o militares oficialmente certificados como Guías, que han seleccionado y aplican el método de formación e intervención Arcón, podrán utilizar el citado emblema oficial , portándolo en la respectiva uniformidad oficial, previa pertinente autorización documental, emitida por el creador, propietario intelectual oficial y director técnico del método Arcón, Jaime Parejo.

Siendo el respectivo listado actualizado, de autorizaciones, hasta la fecha, el siguiente :

B.U.S.F. Bomberos Unidos Sin Fronteras ( España y Latinoamérica )

G.E.B.O.C.Y.L. Grupo de Especialistas Bomberos de Castilla y León ( Castilla y León ) España

G.E.R.C.C.M.A. Grupo de Especialistas en Rescate Canino en Catástrofes Método Arcón ( España )

S.O.S. Ayuda Sin Fronteras ( Sevilla ), España

Corporación Canes de Rescate Sin Fronteras ( Chile )

G.E.R.C.A. Grupo Especialista de Rescate Canino ( Alicante ), España


d) Personas, que aunque no sean bomberos, policías ni militares, sean reconocidas oficialmente, en base a méritos excepcionales, por los CTRIMAs existentes, como Miembros de Honor de la Comunidad Internacional Método Arcón, las cuales sí podrán portarlo en los actos oficiales que así lo estimen procedente .



CTRIMAs, Consejos Técnicos Rectores Internacionales Método Arcón